sábado, 17 de enero de 2015

Afectada la Autonomía de los municipios para decidir sobre la minería

Las comunidades campesinas afectadas por las multinacionales que operan en Colombia han tenido que organizarse para visibilizar su situación frente a la opinión pública y para demandar del gobierno medidas eficaces que protejan los intereses de las comunidades en donde se adelantan operaciones extractivas o proyectos energéticos.

Uno de los referentes de la organización popular y campesina en el país frente a las multinacionales es La Asociación de Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo –ASOQUIMBO, organización integrada por campesinos, jornaleros, pescadores  y mineros artesanales, sectores afectados por la destrucción de las cadenas productivas agropecuarias de la region.

ASOQUIMBO demostró la gravedad de los impactos sociales, económicos, ambientales  y  culturales que generaron las operaciones de Emgesa,  reconocidos por la Contraloría General de la República en su Informe Especial de septiembre de 2014  y la Corte Constitucional en la Sentencia T-135/13.
Otro antecedente de las acciones populares en defensa del territorio es el de Piedras (Tolima), en donde la comunidad convocó a una consulta popular en la que el 99% de los habitantes dijo no a la minería, a pesar de algunas normas (específicamente el decreto 934 de 2013) que buscaban frenar el interés ciudadano.

A raíz de estos antecedentes existían algunas preguntas puntuales de carácter legislativo en lo concerniente a la autonomía territorial de las comunidades tales como. ¿Tienen los municipios la facultad de decidir si se realiza o no explotación minera en su territorio?; ¿Cómo conciliar los intereses regionales con los nacionales sin afectar la autonomía territorial?

Ese limbo jurídico se trato de superar el pasado 23 de diciembre con un polémico decreto expedido por los ministerios de Minas, Ambiente, Interior y Agricultura. El decreto fue expedido haciendo caso a una sentencia (la C-123) de la Corte Constitucional que obligaba al gobierno a establecer un reglamento claro en materia de exploración y explotación, el alto tribunal dejó en claro que al momento de autorizar actividades mineras debe existir un acuerdo entre las autoridades territoriales y las autoridades a nivel nacional.

Sin embargo el decreto reduciría la autoridad de los entes territoriales para permitir o no la actividad extractiva, según César Rodríguez Garavito, director del Observatorio de Justicia Ambiental y miembro fundador de DeJusticia. “Lo que hace la norma es esquivar la sentencia de la Corte, pues subordina la competencia de los municipios y por ende de las autoridades locales. Deja a discreción del Gobierno la toma de esa decisión. No hay un balance sensato. En últimas, es un decreto inconstitucional”.

Por su parte Gabriel Vallejo, ministro de Ambiente dice que, “nosotros sí estamos cumpliendo con la norma de la Corte. El objeto era diseñar un procedimiento para llegar a acuerdos con los municipios en el momento de autorizar actividades mineras responsables y proteger el ambiente”.
El que los concejos locales puedan solicitar al Ministerio de Minas medidas para proteger el medio ambiente, pero fundamentadas en estudios técnicos cuyos costos debe asumir cada municipio, da pie al menos para una revisión de la misma norma, ya que va en detrimento de la comunidad, sobre este punto César Rodríguez Garavito se pregunta, “¿será que los concejos municipales tienen los recursos y la capacidad para hacer o contratar estudios tan complejos como uno de línea base de cuencas y de afectación a la salud pública?”, a lo que respondió el Ministro de Ambiente Gabriel Vallejo, “la Corte dice que son los municipios los que deben hacerlos. De otra forma es inviable, porque como Ministerio no estamos autorizados a destinar recursos para ello”.

Otro punto que genera malestar entre las organizaciones sociales es que según el decreto, el Ministerio de minas podrá consultar a las empresas con respecto a la conveniencia de los proyectos que pretenden desarrollarse, en relación con las medidas que han sido solicitadas por los entes territoriales, sobre este punto el ministro de Minas y Energía, Tomás González señaló, “lo que decimos es que las empresas nos den su opinión, pero no que establezcan medidas. No es nada diferente a lo que se hace en las consultas populares”.

“Lo grave es que se le está dando el mismo peso a una empresa que a un municipio, cuando estos tienen poder constitucional y representan a una ciudadanía”, dice César Rodríguez.
La autonomía de las comunidades sobre el territorio a pesar de estar consignada como un derecho en la constitución colombiana sigue sin concretarse como las zonas de reserva campesina, una figura constitucional duramente atacada por los sectores más radicales de la ultraderecha y su gamonalismo armado.



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